viernes, 15 de agosto de 2014

Guía fácil de la paga extra

Estimados/as compañeros/as:

Os informamos que el pasado 30 de julio ASIPPCA recibió escrito del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (en adelante TSJA) relativo a la demanda presentada por la Confederación Sindical de CCOO de Andalucía sobre la reclamación de la paga extraordinaria no percibida en diciembre de 2012. En su escrito, el TSJA concedía a las partes interesadas un plazo de 5 días para presentar alegaciones sobre la suspensión del procedimiento hasta que recaiga resolución del Tribunal Constitucional. Dada la premura del plazo y las inminentes vacaciones, ASIPPCA instó una reunión extraordinaria del Pleno del Comité de Empresa, celebrada sin acuerdo entre las distintas representaciones.

ASIPPCA no es partidaria de dilatar más aún los procesos para el cobro de la paga extraordinaria no percibida por los trabajadores del IAPH, y hará lo que esté en su mano para tratar de acelerarla. Por ello con fecha 1 de agosto ha presentado en Granada escrito de alegaciones ante el TSJA solicitando la no suspensión del procedimiento "... en pro de no generar aún más indefensión a los trabajadores y trabajadoras...".

Alegaciones de ASIPPCA


Lamentamos además la inexplicable equivocación en la demanda presentada por CCOO, donde repetidamente confunde al IAPH con otra entidad (FAISEM, Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental), un error que desde luego no cabe achacar a la falta de tiempo para redactarla.


Fragmento de la demanda presentada por CCOO frente al IAPH
Como sabéis esta demanda es paralela a la que también ASIPPCA había presentado con fecha 3 de julio. ¿Por qué se han interpuesto dos demandas y qué diferencias existen entre ambas? Para explicarlo hemos diseñado esta Guía fácil sobre la reclamación de la la paga extraordinaria en el IAPH (puedes descargarla en PDF pinchando aquí):


Iremos actualizado la guía conforme se sucedan los acontecimientos.