martes, 26 de abril de 2016

La desigualdad salarial, vista para sentencia

Estimados/as compañeros/as:

Os informamos de que el pasado jueves 21 de abril de 2016 se celebró ante la Sala de lo Social en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el juicio sobre la demanda de conflicto colectivo presentada por ASIPPCA para reclamar el derecho a la igualdad salarial de todo el personal del IAPH. El juicio comenzó a la hora prevista, tras realizarse sin avenencia el trámite de conciliación judicial.


Asistió al juicio representando a ASIPPCA nuestro letrado D. Luis Ocaña, junto con miembros del citado sindicato, del Comité de Empresa del IAPH, así como un grupo de trabajadoras y trabajadores afectados por el conflicto.

Por parte de la Agencia únicamente acudió el letrado designado para defensa del IAPH, en este caso del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, cuya presencia no debe inducir a confusión ya que la Junta no es parte en este conflicto y la participación de sus letrados no era obligatoria en este juicio. Simplemente se trata de la opción elegida por el IAPH de entre las varias modalidades posibles para su defensa: mediante su propia Asesoría Jurídica, contratando un bufete privado externo, o como se ha decidido, encargando el caso al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía con quien mantiene vigente un convenio de colaboración.

Participó asimismo en el juicio el Ministerio Fiscal, encargado de velar por el interés público en este tipo de procesos.

Tras las intervenciones de las partes, el acto finalizó quedando visto para sentencia, que deberá dictarse en breve y que podrá estimar lo demandado, estimarlo solo parcialmente, o desestimarlo.

En caso de que la resolución del tribunal sea favorable a la demanda de ASIPPCA, supondría la declaración judicial de que las trabajadoras y trabajadores afectados por el conflicto tienen derecho a que se les reconozca su antigüedad, en igualdad con el resto de la plantilla. Si no se recurriese esa sentencia por parte del IAPH, habría que determinar, en un breve procedimiento de ejecución de sentencia, las cantidades concretas que ello supone para cada trabajador/a afectado/a, supuesto contemplado por las leyes presupuestarias de la Junta como causa de incremento de la masa salarial.

Si el IAPH decidiese impugnar una sentencia favorable a los/as trabajadores/as, podría recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, en un procedimiento que presumiblemente tardaría años en resolverse, permaneciendo abierto el conflicto mientras tanto en la Agencia pese a esa primera resolución favorable.

De forma análoga, si la sentencia del TSJA fuese desfavorable a los/as trabajadores/as, ASIPPCA podría también recurrirla ante el Tribunal Supremo, o incluso en su caso ante el Tribunal Constitucional, al tratarse de derechos fundamentales.

En cualquier caso, sea cual sea el sentido de la sentencia, informaremos puntualmente.