martes, 21 de enero de 2014

Acuerdos adoptados sobre tratamiento y disfrute de asuntos particulares

Hoy la Comisión Negociadora del Comité de Empresa del IAPH ha mantenido una reunión con los representantes de la empresa para tratar dos puntos que afectan a las condiciones laborales del año 2014:

- Disfrute del día de asuntos particulares correspondiente al año 2013 y que aún (en la mayoría de los casos) no ha sido disfrutado
- Tratamiento de los días de asuntos particulares del año 2014

Los acuerdos alcanzados entre comité y empresa respecto a estos puntos son los siguientes:

- El día de asuntos particulares correspondiente al año 2013 podrá disfrutarse hasta el 15 de enero de 2015
- De los días de asuntos particulares del año 2014, 3 días, incluido el correspondiente a 2013 arriba mencionado, podrán disfrutarse por horas (22,5 horas), con un limite mínimo de 2 horas. La empresa no admitirá en ningún caso computar por horas las tomadas en concepto de asuntos particulares en aquellos casos en los que el trabajador no acuda al centro de trabajo. Es decir, no se pueden tomar 5 horas de asuntos particulares y cubrir las 2 horas restantes de la jornada laboral con horas de arrastre
- El resto de los días de asuntos particulares deben ser tomados por días completos, al igual que los días correspondientes al 1 de noviembre y 6 de diciembre (festivos que este año caen en sábado y que se disfrutarán como días de asuntos particulares)

El Área de Gestión de Personas redactará un anexo a las Condiciones Laborales y unas instrucciones respecto a los acuerdos adoptados que pondrá a disposición del personal.

jueves, 16 de enero de 2014

Calendario y condiciones laborales durante 2014

Os informamos de lo tratado en la reunión mantenida en la mañana de hoy entre los representantes de los trabajadores y los representantes de la empresa:

  • En primer lugar, la empresa ha informado de los cambios legales operados sobre el importe de nuestras bases de cotización, que muchos habréis podido apreciar en vuestras nóminas de diciembre de 2013. De acuerdo con una reciente Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, las bases de cotización tendrían que haber sido aumentadas desde enero 2013. Al recibir la resolución a final de año, la única nómina que se ha visto afectada ha sido la de diciembre. Las bases correspondientes al período comprendido entre enero y noviembre de 2013 se han actualizado, siendo la empresa quien se ha hecho cargo del incremento.
  • En cuanto al calendario laboral de 2014, se mantienen las 1.650 horas estipuladas en 2013, a las que se restarían 7,5 horas correspondientes al día de asuntos particulares adicional introducido por la reciente modificación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Por tanto el número de horas a trabajar en 2014 sería de 1.642,5 horas.
  • Respecto a la fecha tope para el disfrute del día de asuntos particulares adicional de 2013 añadido por la modificación del EBEP arriba mencionada, como ya informamos el Comité de Empresa había solicitado poder disfrutarlo a lo largo del año 2014. Por su parte la empresa propone establecer el 15 de febrero como fecha tope, aunque se muestra dispuesta a negociar la ampliación de este plazo junto con la aprobación de una modificación de las condiciones laborales durante 2014 que resumimos en el siguiente y último punto.
  • La empresa plantea una modificación de las condiciones laborales durante el año 2014 en cuanto al tratamiento de los días de asuntos particulares. Según las condiciones de trabajo de 2013, los días de asuntos particulares pudieron disfrutarse fraccionados por horas, con un mínimo de dos. La empresa propone que para este año los días de asuntos particulares se disfruten por días completos, argumentando que lo que motivó la decisión de poder disfrutarlos por fracciones mínimas de dos horas era dar la posibilidad de atender asuntos que no necesitasen una jornada completa, multiplicando así la posibilidad de atender tales asuntos atendiendo a las circunstancias especiales del pasado año, con solo tres días de asuntos particulares. La empresa ha detectado que algunos trabajadores han disfrutado de este permiso en fracciones de cinco horas, cubriendo la diferencia horaria con la jornada mínima mediante horas del saldo a favor del cómputo horario. De este modo, estos trabajadores habrían aumentado hasta seis el número de días de ausencia por asuntos particulares, lo cual, según la empresa, desvirtúa el motivo por el que se acorydó el disfrute por horas.
Los representantes de los trabajadores en la reunión, tanto de Candidatura Independiente PH como de CC.OO, han manifestado su desacuerdo con la supresión del disfrute por horas de los días de asuntos particulares. En este punto, la empresa ha invitado a los representantes de los trabajadores a proponer fórmulas que permitan mantener dicho disfrute por horas sin que ello se traduzca en un aumento de los días de ausencia, y convoca una nueva reunión para evaluar propuestas en este sentido el próximo martes 21 de febrero, en la que además se negociaría la fecha final de disfrute del día adicional de asuntos particulares correspondiente al año 2013.

Fieles a nuestros compromisos electorales de comunicación y participación, desde Candidatura Independiente PH os invitamos a enviar vuestras opiniones sobre este u otros asuntos a nuestro correo candidaturaindependienteph@gmail.com


martes, 14 de enero de 2014

Disfrute del día adicional de asuntos particulares correspondiente a 2013

El pasado 22 de diciembre de 2013 entró en vigor la reforma (1) del Estatuto Básico del Empleado Público, modificando su artículo 48.k) y aumentando de tres a cuatro el número de días de asuntos particulares que pueden disfrutar los empleados públicos a lo largo del año.
Esta modificación, que nos es directamente aplicable a los trabajadores y trabajadoras del IAPH, estará en vigor indefinidamente, mientras no se vuelva a cambiar la Ley. Sin embargo, debido lo tardío de su promulgación resulta imposible disfrutar efectivamente del día adicional de asuntos particulares correspondiente a 2013 dentro de ese año.

A este problema las distintas administraciones y entidades públicas han dado respuesta a través de instrucciones concretas. Hasta el 15 de febrero en la Administración del Estado (2) y en la Junta de Andalucía (3) para el personal funcionario y laboral del VI Convenio Colectivo, hasta el 28 de febrero en otras agencias de la Junta de Andalucía, etc. Estas instrucciones no vinculan al IAPH, por lo que el pasado día 9 de enero el Comité de Empresa solicitó a la Dirección del IAPH que se autorice al personal a disponer del mismo a lo largo del año 2014. Al día siguiente el Comité recibió convocatoria de reunión con la empresa el próximo jueves 16 de enero, de cuyo resultado informaremos puntualmente.

(1) La modificación del art. 48.k) del EBEP se introduce mediante Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, que establece:
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».
Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.


(2) Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el régimen para el disfrute de un día adicional de asuntos particulares introducido por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público y se adapta la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de esta Secretaría de Estado.

(3) Comunicado de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, de 23 de diciembre de 2013, sobre la fecha límite para el disfrute del permiso por asuntos particulares correspondiente a 2013.

Reclamación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012

Tal y como os informamos en este mismo blog el pasado 8 de noviembre, el plazo para la presentacion, tanto individual como colectiva, de la reclamación de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre de 2012 no percibida por los trabajadores del IAPH vence en el mes de septiembre de 2014.

Teniendo en cuenta que nos encontramos en enero de 2014, Candidatura Independiente PH es partidaria de no agotar el plazo arriba mencionado (septiembre 2014)  y de interponer la demanda de forma inmediata, tal y como han hecho otras empresas similares a la nuestra, ya que no existen razones de peso para demorar más una decisión que se debió tomar hace tiempo, máxime si tenemos en cuenta  el colapso existente en los Juzgados de lo Social y que ya existen sentencias favorables al respecto y de las que os relacionamos algunas.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que se obliga a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid a pagar la parte proporcional de la paga extra de diciembre correspondiente a los 14 días de julio.

- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) en la que se obliga a la empresa pública Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST) a pagar la parte proporcional de la paga extra de diciembre correspondiente a los 14 días de julio.

- Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Almería.

- Sentencia del TSJ de Madrid a favor del personal administrativo y de servicios (PAS), de carácter laboral, de las Universidades Públicas de Madrid concerniente al abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad.

- Sentencia, ganada por el Sindicato de Enfermería (SATSE), que fuerza al SAS a abonar a una profesional de enfermería 225,12 euros por el periodo entre el 1 de junio al 14 de julio de 2012.