jueves, 1 de septiembre de 2016

ASIPPCA acude al Tribunal Supremo

Estimadas/os compañeras/os:

Os informamos que ASIPPCA ya ha presentado ante el Tribunal Supremo recurso de casación contra la sentencia del TSJA del pasado 28 de abril, por la que se desestimaba la demanda de conflicto colectivo promovida por esta Asociación Sindical para el reconocimiento del derecho a la igualdad del personal del IAPH en cuanto a la consideración salarial de su antigüedad.

Efectivamente el pasado 11 de agosto de 2016 la representación letrada de ASIPPCA formalizó el recurso tras requerimiento del propio Tribunal, basándose en la infracción de distintas normas del ordenamiento jurídico y de la jurisprudencia aplicables para resolver el conflicto.

Más allá de los razonamientos técnico-jurídicos argumentados en el escrito, queremos compartir este fragmento del mismo:
"... la diversidad de las condiciones laborales que de ello se deriva enmascara una infravoloración de su condición y de su trabajo. Solo podría considerarse lícita y no discriminatoria si existiere una justificación suficiente con base en datos objetivos, lo que no ocurre en el presente supuesto. La minusvaloración del grupo segregado y peor tratado no encuentra acomodo en la Constitución."
En efecto, invitamos a todos a reflexionar sobre lo que para las personas afectadas significa convivir a diario con la realidad de que su valía, su trabajo, y su dedicación y compromiso con la institución y con sus proyectos, sean objetivamente peor valorados que los de los demás en cada mensualidad, con la desazón añadida de un porvenir donde la diferencia de trato irá en aumento a lo largo de su vida profesional.

Desde ASIPPCA aspiramos a que esa realidad no lastre el futuro colectivo del IAPH, y por ello llevaremos esta reclamación a las instancias necesarias.

Gracias a todas y todos por vuestro apoyo.

martes, 10 de mayo de 2016

El TSJA desestima la demanda de ASIPPCA sobre desigualdad salarial

Estimadas/os compañeras/os.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado la demanda de conflicto colectivo promovida por ASIPPCA para el reconocimiento del derecho a la igualdad de todo el personal del IAPH en cuanto a la consideración salarial de su antigüedad. Tras la celebración del juicio el pasado 21 de abril, a última hora del pasado jueves nos fue comunicada la sentencia, cuyo fallo deniega esta reclamación basándose en la distinción de la doctrina constitucional entre el principio de igualdad de trato y la prohibición de no discriminación. 

En breve la Sección Sindical de ASIPPCA convocará una sesión informativa que contará con la presencia de nuestro asesor jurídico, a fin de resolver las dudas y consultas de las personas interesadas.

La sentencia no es firme, ya que la representación letrada de ASIPPCA ha notificado su propósito de entablar recurso ante el Tribunal Supremo, en un procedimiento que por desgracia no será breve, por lo que el conflicto colectivo sigue abierto. Sin embargo estamos convencidos no solo de la justicia de esta reclamación, sino también de que la ley y la normativa comunitaria amparan nuestro derecho, por lo que esta Asociación Sindical perseverará con los medios a su alcance para su reconocimiento final.

Mientras tanto, redoblaremos esfuerzos en otros ámbitos de la actividad sindical.



martes, 26 de abril de 2016

La desigualdad salarial, vista para sentencia

Estimados/as compañeros/as:

Os informamos de que el pasado jueves 21 de abril de 2016 se celebró ante la Sala de lo Social en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el juicio sobre la demanda de conflicto colectivo presentada por ASIPPCA para reclamar el derecho a la igualdad salarial de todo el personal del IAPH. El juicio comenzó a la hora prevista, tras realizarse sin avenencia el trámite de conciliación judicial.


Asistió al juicio representando a ASIPPCA nuestro letrado D. Luis Ocaña, junto con miembros del citado sindicato, del Comité de Empresa del IAPH, así como un grupo de trabajadoras y trabajadores afectados por el conflicto.

Por parte de la Agencia únicamente acudió el letrado designado para defensa del IAPH, en este caso del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, cuya presencia no debe inducir a confusión ya que la Junta no es parte en este conflicto y la participación de sus letrados no era obligatoria en este juicio. Simplemente se trata de la opción elegida por el IAPH de entre las varias modalidades posibles para su defensa: mediante su propia Asesoría Jurídica, contratando un bufete privado externo, o como se ha decidido, encargando el caso al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía con quien mantiene vigente un convenio de colaboración.

Participó asimismo en el juicio el Ministerio Fiscal, encargado de velar por el interés público en este tipo de procesos.

Tras las intervenciones de las partes, el acto finalizó quedando visto para sentencia, que deberá dictarse en breve y que podrá estimar lo demandado, estimarlo solo parcialmente, o desestimarlo.

En caso de que la resolución del tribunal sea favorable a la demanda de ASIPPCA, supondría la declaración judicial de que las trabajadoras y trabajadores afectados por el conflicto tienen derecho a que se les reconozca su antigüedad, en igualdad con el resto de la plantilla. Si no se recurriese esa sentencia por parte del IAPH, habría que determinar, en un breve procedimiento de ejecución de sentencia, las cantidades concretas que ello supone para cada trabajador/a afectado/a, supuesto contemplado por las leyes presupuestarias de la Junta como causa de incremento de la masa salarial.

Si el IAPH decidiese impugnar una sentencia favorable a los/as trabajadores/as, podría recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, en un procedimiento que presumiblemente tardaría años en resolverse, permaneciendo abierto el conflicto mientras tanto en la Agencia pese a esa primera resolución favorable.

De forma análoga, si la sentencia del TSJA fuese desfavorable a los/as trabajadores/as, ASIPPCA podría también recurrirla ante el Tribunal Supremo, o incluso en su caso ante el Tribunal Constitucional, al tratarse de derechos fundamentales.

En cualquier caso, sea cual sea el sentido de la sentencia, informaremos puntualmente.


lunes, 21 de marzo de 2016

Medidas de ajuste en la negociación colectiva

Estimadas/os compañeras/os:

Os comunicamos que se ha publicado en prensa la propuesta de medidas de ajuste que la Junta de Andalucía ha hecho al Gobierno central (actualmente en funciones) para tener acceso al llamado Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) de 2016. El documento se encuentra disponible y puede descargarse en el portal de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con la noticia, entre las medidas de ajuste figura la de "establecer, en aquellos convenios colectivos de las agencias públicas empresariales [...] donde su personal disfrute de mejores condiciones laborales que el personal al servicio de la Administración General, como tope máximo la de los ya establecidos para éstos",

En ese sentido se señala que la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía establece que "En el marco del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, se constituirá una comisión formada por los representantes de la Administración de la Junta de Andalucía y por los representantes de las organizaciones sindicales más representativas [...] con el objetivo de acordar la estructura de la negociación colectiva del sector público andaluz, así como los contenidos y el desarrollo de la misma. La referencia inicial será el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía".

Como sabéis, actualmente está en proceso de negociación el convenio colectivo del IAPH, por lo que de aplicarse la medida el desarrollo de la negociación vendría determinado por lo que se acuerde entre la Junta y dichas organizaciones sindicales, actualmente UGT y CC.OO. 

Seguiremos informando puntualmente.

lunes, 25 de enero de 2016

La desigualdad salarial en el IAPH se verá en el TSJA

Estimados/as compañeros/as:

Como venimos informando, en el día hoy estaba prevista la celebración en el Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla del juicio sobre la demanda de conflicto colectivo presentada por ASIPPCA para reclamar el derecho a la igualdad salarial de todo el personal del IAPH.

Al lugar únicamente ha concurrido, por la parte demandada, el letrado designado por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

Por la parte demandante han acudido, además de la representación letrada de ASIPPCA, la Secretaria General de la Asociación y dos representantes de la misma en el Comité de Empresa, acompañados de varias de las personas afectadas por el conflicto que habían sido previamente emplazadas para poder aportar los testimonios que fueran necesarios.

Asimismo se han personado interesándose por el caso representantes de CC.OO. en el Comité de Empresa.

Previamente a la celebración del juicio, el letrado de ASIPPCA ha consultado con los representantes de esta Asociación la posibilidad de llevar el conflicto colectivo directamente ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), habida cuenta de los cortos plazos con los que actualmente opera dicha Sala, donde por otra parte y con toda probabilidad el asunto se habría juzgado de todos modos en vía de apelación.

Estando ASIPPCA conforme con este planteamiento que en la práctica puede reducir los plazos para obtener una sentencia firme, nuestro letrado ha formulado la correspondiente declaración ante el juzgado, por lo que finalmente no se ha celebrado el acto de jucio, que deberá esperar la tramitación del conflicto en breve ante el TSJA.

Agradecemos sinceramente la asistencia y apoyo de quienes se han personado, confiando en que desde la Dirección del IAPH se facilite la tramitación de sus permisos retribuidos por esta ausencia justificada al trabajo, y os rogamos nos comuniquéis cualquier incidencia que tengáis a este respecto.

Saludos,

sábado, 9 de enero de 2016

Publicado en BOJA la devolución de la parte proporcional de la paga extra no percibida en diciembre de 2012

Estimados/as compañeros/as:

Con fecha 8 de enero de 2016 se ha publicado en BOJA la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 30 de diciembre de 2015 en la que se dictan instrucciones para la devolución a los empleados públicos de la Junta de Andalucía de la parte proporcional devengada y no abonada de la paga extraordinaria de diciembre de 2012. Dicha devolución se producirá junto con el percibo correspondiente de la nómina ordinaria de febrero de 2016.
 
Debemos congratularnos porque en ese mes pasaremos  a engrosar la lista de empleados públicos, tanto del Estado como de la mayoría del resto de las comunidades autónomas,  que hace tiempo percibieron parte de la paga extra que tan injustamente les fue sustraida. ¡Más vale tarde que nunca!.

En relación con este asunto os recordamos que ASIPPCA presentó el pasado 3 de julio de 2014 ante el Juzgado de lo Social de Sevilla la correspondiente demanda judicial en la que se reclamaba la devolución ÍNTEGRA de la paga extraordinaria no percibida en diciembre de 2012, y subsidiariamente la parte proporcional arriba mencionada, quedando el procedimiento en suspenso hasta resolución del Tribunal Constitucional.

Os seguiremos informando puntualmente de cuanto acontezca sobre este asunto. Os recomendamos revisitar la "Guía Fácil de la Paga Extra".